Vergonzosa demora judicial: denuncia contra periodistas de Canal 9 por publicaciones dañinas lleva 15 años sin avances


Transcurrieron casi 15 años, desde que el abogado Evelio Fabio Salinas, haya presentado una demanda civil por una publicación dañina, a través del canal de televisión, conocido como Canal 9, y los responsables del noticiero, Silvio Cuevas, Yolanda Park, Ismael Hadid Florentín y Andrés Caballero, sin que hasta la fecha, se dictara una resolución definitiva firme.
En la publicación realizada en el noticiero central del mediodía, se han expuesto a varias menores de edad, mostrado sus documentos y exponiendo públicamente los nombres de las hijas del abogado y afirmado que: “Un abogado, que con anterioridad ya fue condenado por estafa, ahora nuevamente, es denunciado, por producción de documento no auténtico, ante la Fiscalía, el caso tiene que ver con una presunta falsificación de instrumentos públicos, concretamente, certificados de nacimiento de sus propias hijas…”, dijo la presentadora Yolanda Park.
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— Evelio Fabio Salinas Ruiz Diaz (@EvelioSalinas) August 9, 2021
En primera instancia, se rechazó la demanda contra la empresa televisiva y los responsables; sin embargo, hace lugar con costas, contra María Tomasa Lugo, con los siguientes fundamentos: por un lado, sostiene que la publicación de los nombres, las acusaciones injustas y otros atrevimientos y opiniones negativas contra los demandantes, están ajustados al Art. 22 de la Constitución Nacional, afirmación que los demandantes consideran no estar amparadas en dicha normativa, ya que, las opiniones vertidas públicamente, no estaban ajustadas a la verdad.
Por otro lado, el Juzgado sostiene que hubo daño, por las ofensas injustas y corresponde la indemnización y condena a una de las demandadas, pero, no a la empresa, ni los periodistas responsables de la emisión del noticiero, quienes opinaron negativamente contra los actores.
Esta resolución, fue recurrida ante la quinta sala civil, que resolvió la confirmación de la resolución, supuestamente, porque, en sede penal se probó la inexistencia del hecho, sin embargo, contrariando esta afirmación, condena a una de las demandadas, lo que corrobora la existencia del daño causado.
Igualmente, los Camaristas sostienen que, el daño moral y psicológico no tiene parámetros definidos y por ese motivo, no corresponde condenar a la empresa y a los periodistas, empero, si a una de las demandadas, que fue sancionada con la condena.
En relación a la supuesta condena, la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia, resolvió anular el proceso seguido al abogado Evelio Salinas y consecuentemente, sobresee al citado profesional, quien fue señalado como “…condenado y falsificador de Certificado de Nacimiento de sus propias hijas…”, con esta decisión, se ha devuelto una parte importante de los atributos que un ser humano posee, cual es la de gozar del buen nombre y reputación.
Luego de estas injustas resoluciones, en el año 2016, se ha presentado la Acción de Inconstitucionalidad ante la Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia, contra las resoluciones dictadas en primera y segunda instancia, cuyos fundamentos principales son la vulneraron los principios constitucionales:
a.- DERECHO AL HONOR Y LA REPUTACIÓN DE LAS PERSONAS, Arts. 4 CN.
b.- DERECHO A LA INTIMIDAD PERSONAL Y FAMILIAR, Art. 33 CN.
c.- DERECHO A LA VIDA PRIVADA, Art. 23 CN.
d.- DERECHO DE PROTECCION A LA FAMILIA, Art. 49 CN.
e.- DERECHO DE PROTECCION DEL NIÑO, Art. 54 CN.
f.- DERECHO A LA PRESUNCIÓN DE INOCENCIA, Art. 17, inc. 1 CN.
g.- PUBLICACION SOBRE PROCESO JUDICIALES, Art. 22 CN.
h.- DERECHO DE IGUALDAD ANTE LA LEY, Art. 47, inc. 2) CN.
En concordancia con el Art. 11 del Pacto de San José de Costa Rica y los Arts. 7 y 8 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos, ratificado por ley Nº 1/89, los Arts. 1.833, 1.834, 1.835 y demás concordantes del Código Civil, el Art. 29 del Código de la Niñez y Adolescencia, que prohíbe la publicación de nombre de niños, menores de edad, que realmente son vulnerables, publicación que causó mucha angustia y dolor en el seno de la familia.
El abogado Salinas, a pesar de la situación de la justicia, sigue confiando en ella; sin embargo, al no encontrar respuestas por las vías legales, con los numerosos urgimientos presentados en estos estos 9 años de la acción de inconstitucionalidad, recurre por este medio, con el único propósito de que, la máxima instancia judicial, admita y estudie la acción.
Por último, que la Sala Constitucional, en alguna medida, restituya los graves perjuicios causados a su familia y por sobre todo, se dicte una resolución ejemplificadora y ajustada a derecho, a fin de que, los que ostenten el cierto poder en los medios de comunicaciones, que en este caso, endilgó gratuitamente a un familia humilde, honesta y trabajadora.