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Advertencia

Retendrán buses que "circulen" con aire acondicionado apagado o sin funcionamiento

Por ahora, buses permanecen parados.

El Viceministerio de Transporte emitió la Resolución 80/15 por la cual se establecen las nuevas infracciones y su respectiva escala de multas a ser aplicadas a las unidades de transporte terrestre automotor de pasajeros del Área Metropolitana.

En la misma, en su Artículo 2, establece reglamentar las infracciones a ser sancionadas de la siguiente manera:

- Inciso A): Son consideradas infracciones graves las siguientes violaciones. En estas infracciones será pasible la retención y/o retiro de circulación de unidades del transporte;

1) Circular con el aire acondicionado apagado o sin funcionamiento.

2) No dar cumplimiento a las normas laborales debidamente constatadas in situ por funcionarios del Ministerio del Trabajo, Empleo y Seguridad Social. Dicho incumplimiento deberá ser labrado en acta por los respectivos funcionarios del Ministerio del Trabajo, Empleo y Seguridad Social, y la sanción será impuesta de conformidad a los antecedentes remitidos por dicha Cartera de Estado.

En su Artículo 3° dispone la aplicación de la presente Resolución por parte del Departamento de Fiscalización y Control, dependiente del Viceministerio del Transporte.

El documento lleva la firma del viceministro de Transporte, Dr. Agustín Encina, y tiene fecha del 4 de mayo de corriente año.

Hace poco más de dos meses, el viceministerio difundió una circular con las infracciones plausibles de sanciones en el transporte público.

Entre ellas se prohibía la venta ambulante y el transporte de personas ebrias.

Ninguna de estas normas se cumple.

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